
“La Justicia FALLA a favor del Sindicato Profesional que denunció la ilegalidad cometida al incorporar a la Mesa general de Negociación a dos representantes del sindicato CSIFsin haber obtenido representación”
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Alicante, Plaza 2, ha fallado a favor del Sindicato Profesional, estimando íntegramente el recurso interpuesto contra la resolución nº 241/2025, de 22 de Enero de 2025 de la Concejalía de organización y Gestión de recursos Humanos, mediante la cual, a pesar de que previamente el SPPLB presentó Sentencias del TS y argumentos infinitamente sólidos que demostraban la “Cacicada” que iban a cometer, y advirtiendo de su ilegalidad,“alteraron de forma unilateral y contraria a derecho la composición de la Mesa General de Negociación conjunta del personal funcionario y laboral, incorporando a dos representantes del CSIF, sin tener representación de l@s trabajador@s municipales en el Comité de Empresa”
Desde el SPPLB, se han mostrado satisfechos con esta decisión judicial que “va a restablecer la legalidad, desmontando una interpretación partidista e interesada con el objetivo de colocar al CSIF en la Mesa General”. En este sentido, por parte del Sindicato Profesional, se denunció ante los responsables políticos, desde el primer momento, que la modificación de la Mesa General vulneraba lo dispuesto en el Estatuto Básico del Empleado Público y la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que exige para participar en una Mesa General conjunta haber alcanzado el 10% de representación en ambos colectivos (funcionarios y laborales) en el ámbito correspondiente.
Según el Portavoz del Sindicato Profesional, Francisco A. González: “La sentencia es clara: no basta con acreditar representatividad a nivel estatal, si no se cumple el requisito en el ámbito territorial concreto, en este caso en el Ayuntamiento de Benidorm. Así, la Justicia confirma lo que el SPPLB ha defendido con firmeza desde el inicio: la Mesa General no puede convertirse en un espacio configurado al margen de los resultados democráticos de las elecciones sindicales municipales”.
Para mayor abundamiento, resulta que el Ayuntamiento dictó inicialmente una resolución basándose en estos mismos argumentos, desconociendo porqué “a posteriori” cambiaron sus criterios y cedieron a las pretensiones del sindicato CSIF, dictando una nueva resolución (Donde digo, digo Diego) ahora anulada por los tribunales de Justicia, alterando la composición de la Mesa General, pese a la clara doctrina judicial y jurisprudencial existente.
Desde el SPPLB, han mostrado su indignación al sentirse en una clara posición de indefensión por parte de la Administración, al tener que acudir a las instancias judiciales para defender con coherencia el respeto a la legalidad, a la seguridad jurídica y al principio democrático de representatividad sindical que debería de haber ejecutado el Ayuntamiento de Benidorm, en aras de defender la representatividad real y no utilizar atajos por interés corporativo, y se hubiera ahorrado las costas judiciales que ahora deberán de asumir junto con el CSIF, a parte de haber creado una innecesaria conflictividad institucional.
Para terminar, el SPPLB ha presentado escrito por registro solicitando al Ayuntamiento de Benidorm que ejecute de forma inmediata la sentencia núm. 52/2026, y que se retrotraiga al instante en que dictó la primera resolución, expulsando formalmente y anulando la incorporación del Sindicato CSIF a la mesa General de Negociación por ser dicha incorporación contraria a la Ley y a la Jurisprudencia del Tribunal Supremo, restituyendo la composición legítima del máximo órgano de representación de l@s trabajador@s del Ayuntamiento de Benidorm, de acuerdo con los resultados electorales vigentes, resultantes de la últimas elecciones sindicales, devolviendo los dos representantes que sustrajeron al sindicato Profesional.
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