Estudio y futuro del Impuesto de la Plusvalía por Mortis Causa

Ya queda menos para las próximas elecciones municipales y autonómicas. Y uno de los temas de debate de la campaña electoral es el aspecto fiscal y sobre todo en aquellos impuestos con mayores matices ideológicos.

Y entre ellos el Impuesto de Sucesiones y el de Plusvalía por Mortis Causa, defendidos a ultranza por los partidos sociopancacomunistas , a pesar que son rechazados por el 72,7 % de los españoles, en una reciente encuesta realizada por el propio Ministerio de Hacienda, declarando que están muy o bastante de acuerdo con la afirmación que deberían de desaparecer.

Pero se ha hablado genéricamente sin profundizar en ninguno de sus aspectos  y como presidente de una asociación, que tiene como objetivo enterrar los impuestos a la muerte, me gustaría trasladar un estudio reciente realizado por nuestro equipo de trabajos sobre el Impuesto Municipal por el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana-IVTNU, más conocido como Plusvalía, y centrado en el caso de la vivienda habitual del fallecido, con la esperanza que algún ciudadano pueda con ello definir su futuro voto.

Dicho Impuesto viene regulado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Es tu Artículo 108 se recoge que “Las ordenanzas fiscales podrán regular una bonificación de hasta el 95 por ciento de la cuota íntegra del impuesto, en las transmisiones de terrenos, y en la transmisión o constitución de derechos reales de goce limitativos del dominio, realizadas a título lucrativo por causa de muerte a favor de los descendientes y adoptados, los cónyuges y los ascendientes y adoptantes.”

Si bien desde la Asociación Contra el Impuesto de Sucesiones en la Comunidad Valenciana, atendiendo a lo demandado por la ciudadanía,  debería de desaparecer, como mínimo todos los municipios deberían de aplicar la bonificación del 95% cuando se trate de la vivienda habitual del fallecido. Para ello hemos elaborado un estudio analizando las  poblaciones de la Comunidad Valenciana, del que podemos sacar las siguientes conclusiones extrapolando los datos de las ciudades más importantes de la provincia de Alicante:

  • Al igual que pasa con el Impuesto de Sucesiones, que se liquida con gran diversidad según la comunidad autónoma correspondiente, el IVTNU-Plusvalía se paga según lo aprobado por las diversas ordenanzas municipales, con gran diversidad de criterio.
  • De esa manera los municipios de Benidorm, Muchamiel, Calp, La Nucia, Benissa o Albatera, gobernados por el Partido Popular, vienen aplicando una  bonificación del 95%. En cambio otros como Santa Pola, Campello o Ibi, no superan el 75%.
  • Por otra parte, en líneas generales, los ayuntamientos regidos por PSPV o Compromis, como Orihuela, Alcoy, Elda, Denia, Villena o Petrer, no aplican ninguna bonificación, ni incluso cuando se trata de la vivienda familiar.
  • La ciudad de Alicante lo bonifica solo al 60% hasta segundo grado de parentesco, mientras que Elche al 50%
  • En cambio Sant Vicent del Raspeig, o Villajoyosa, aplican diversas reducciones según el valor catastral.

Como se puede comprobar, según la ideología de los partidos políticos, dos modelos de aplicación de un impuesto calificado de cruel, injusto, rectificado en los últimos años por los tribunales como el Supremo o el  Constitucional, denunciado ante la Comisión Europea y rechazado por gran parte de la población.

En las próximas elecciones municipales del 28 de mayo los ciudadanos tienen la responsabilidad, con su voto, de elegir un modelo de gestión u otro, de la aplicación de un impuesto a la muerte sin escrúpulos en contra del ahorro y del patrimonio familiar o que se puede liquidar con la máxima bonificación, aunque sea solo de la vivienda habitual del fallecido.

Antonio Garañena Cubes

Presidente de la Asociación Contra el Impuesto de Sucesiones en la Comunidad Valenciana