El Juzgado de lo Mercantil Número 1 de Alicante declara en su sentencia de primera instancia la nulidad de la cláusula suelo hipotecaria y la obligación de la entidad financiera de devolver lo cobrado por aplicación de la misma desde mayo de 2013.
El Juzgado de lo Mercantil Núm. 1 de Alicante, ha emitido Sentencia en el día de hoy, que declara nula por abusiva la cláusula suelo de la hipoteca que M.G.C. suscribió con Banco CEISS (Banco de Caja España de Inversiones, Salamanca y Soria, S.A).
El Juzgado ha condenado a la entidad financiera tanto a las costas del procedimiento como a devolver a la demandada todo lo cobrado por aplicación de la cláusula suelo desde mayo del 2013.
El Juzgado de lo Mercantil considera que “la cláusula objeto de la controversia no es transparente, como consecuencia de no ser apta para producir en el consumidor la comprensibilidad real del reparto de cargas económicas que dimanan del contrato”.
Sebastián Crespo, letrado de Devesa & Calvo en esta causa, considera que esta Sentencia en primera instancia “ha hecho justicia a nuestro cliente, pronunciándose el mismo sentido que la Sentencia del Pleno del Tribunal Supero de 9 de mayo de 2013 con respecto a cláusulas similares. Igualmente el letrado lamenta que la propia entidad no haya “asumido voluntariamente dicha doctrina jurisprudencial”.
