El banco te tiene que devolver todo lo que has pagado de más por la cláusula suelo

El banco te tiene que devolver todo lo que has pagado de más por la cláusula suelo

No se nos ocurría un titular mejor para este artículo. Tras varios meses de espera, finalmente el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha sentenciado que los bancos tienen que devolver todos lo que los clientes han pagado de más en la escritura de préstamo hipotecario durante toda la vida del préstamo.

¿Desde cuándo me tienen que devolver lo que he pagado por la cláusula suelo?

El pasado 21 de diciembre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sentó jurisprudencia de obligatorio cumplimiento para los Jueces y Tribunales de España en relación a la famosa Cláusula Suelo. Hasta el día 21 de diciembre de 2016, los jueces y tribunales seguían un criterio generalizado por el que dictaminaban que lo pertinente era la devolución de lo pagado de más desde Mayo de 2013 (fecha en la que se declaró abusiva, y por tanto nula, dicha cláusula).

Si tienes o has tenido cláusula suelo tendrás que acudir, probablemente, a la vía judicial para reclamar lo que has pagado de más es el momento que acudas a un despacho de abogados para que analice tu escritura y haga la oportuna reclamación.

¿Tengo que acudir al juzgado para que me devuelvan el dinero de la cláusula suelo?

Lamentablemente sí será necesario. Por lo menos hasta ahora ha sido necesario acudir al juzgado a reclamar porque los bancos son reacios a hacerlo de una forma amistosa, salvo contadas excepciones.

¿Cómo sé si tengo cláusula suelo en mi préstamo hipotecario?

Es precisamente en este segundo periodo donde surte efecto la conocida como cláusula Suelo-Techo. La cláusula suelo impide que el interés variable junto con la suma del diferencial sean más bajos de una determinada cifra.

Por ejemplo: Supongamos que, tras la revisión periódica, en EURÍBOR está en 0,233% y el diferencial que tenemos pactado es de 1%. El tipo que se debería aplicar es 1,233%. Pero tenemos una cláusula suelo que establece el límite en 3,5%. Pues nosotros, en lugar de calcular nuestras cuotas aplicando el 1,233% se nos calcularía aplicando el 3,5% (cláusula suelo). Estaríamos pagando de más como se puede apreciar. 

Las frases que suelen hacer referencia a la cláusula suelo son así: “La alteración del tipo de interés ordinario como consecuencia de la revisión no podrá ser superior a X enteros por ciento (x%) ni inferior a X enteros por ciento (x%)” ó “límite mínimo del tipo de interés del X POR CIENTO (X%)” ó “en ningún caso el tipo nominal anual podrá ser inferior al X POR CIENTO (X%)”.

Si detectas que en los últimos dos años has venido pagando lo mismo en tu préstamo hipotecario es altamente probable que tengas cláusula suelo. Podemos reclamarle al banco que te la quiten y devolución de cantidades pagadas de más.

Contacta con nosotros y te ayudaremos

Gallego-Mira Abogados